.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
año:2011
 
año:2007
 
proceso:OTROS
 

1 resultados encontrados en 32 ms. Página 1 de 1
Descargar    Expandir/Colapsar
PAGE 8 DIVISIÓN DE ASESORIA Y GESTION JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 03584 10 de abril de 2007 DAGJ-0361-2007 Ingeniero José León Desanti Montero Presidente Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. Estimado señor: Asunto: Sobre enmiendas al “Reglamento para la Administración de Transporte y Equipo Especial de RECOPE”. Se refiere este oficio a la propuesta de modificación de los artículos 5, 35 y 18 del “Reglamento para la Administración de Transportes y Equipo Especial de RECOPE”, gestión originada mediante los siguientes oficios: P-1463-2006, JD-774-2006, P-097-2007 y AL-0441-2007. 1. Criterio del Despacho Preliminarmente se debe indicar que todas las observaciones vertidas seguidamente lo serán enmarcadas dentro de la regulación de las siguientes normas: · Manual Sobre Normas Técnicas de Control Interno Relativas al Control Sobre el Uso y Mantenimiento de Vehículos, emitido por esta Contraloría en la Gaceta Nº 24 el 2 de febrero de 1996) · Ley de Obligación de Reglamentar el Uso de Vehículos Oficiales, N° 5691, publicada en La Gaceta N° 99 del 28 de mayo de 1975 · Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 7331 del 22 de abril de 1993 En cuanto a la Ley N° 7331 valga decir que si bien, en tesis de principio no le sería aplicable a las empresas públicas estructuradas como sociedad anónima, en última instancia sí lo es, puesto que además de ser posterior a la Ley N° 5691, es específica en cuanto al tratamiento del tema. Y, se debe agregar, que la sujeción de los diferentes reglamentos de transportes a la Ley de Tránsito, lo es en ejercicio de una correcta hermenéutica jurídica fruto de la inopia de la Ley N° 5691 citada. 1.1. Sobre enmienda al artículo 35 En la actualidad el artículo 35 del “Reglamento para la Administración de Transporte y Equipo Especial de Recope” establece que: “Artículo 35.- Transporte de personas no autorizadas: Los conductores no deben permitir que personas no autorizadas ...
Fecha publicación: 16/04/2007
Fecha emisión: 10/04/2007
Documento: 03584-2007.doc
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: OTROS
Año: 2007